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Comité de Apelación mantiene la sanción de 5 partidos a Ángel Correa

El Comitéde Apelación de la RealFederación Española de Futbol acordó “desestimar” el recurso formulado por el Atléticode Madrid para anular la sanción de 5 partidos al delantero argentino ÁngelCorrea tras ser expulsado el pasado 9 de marzo en el partido frente al Getafe.

En ese encuentro, correspondiente a la jornada 27 de la Ligaespañola, Correa fue expulsado por el siguiente motivo, según reflejó el árbitro GuillermoCuadra Fernández en el acta: “Realizar una entrada a un adversario en la disputa del balón con uso de fuerzaexcesiva. Tras mostrarle la tarjeta roja dicho jugador se dirigió a mí en los siguientes términos “Hijo de mil putas, cagón. La concha de tu madre”.

El Comitéde Disciplina impuso al jugador la sanciónde suspensión por un periodo de un partido por la comisión de la infracción del artículo 130.1 del CódigoDisciplinario de la RFEF, así como la sanción de suspensión por un periodo de 4 partidos por la comisión de la infracción del artículo 99 del mismo texto normativo, con imposición de las multas accesorias correspondientes en aplicación del artículo 52 del referido Código.

El Atléticode Madrid formuló alegaciones al contenido del acta del encuentro, aportando a tal efecto prueba videográfica que no ha servido para cambiar el parecer del Comitéde Apelación según se desprende de su resolución.

“Las pruebas videográficas aportadas no contienen suficiente valor probatorio que revelen la existencia un error material manifiesto, ya que, lo único que corroboraría la existencia de un error material manifiesto (“claro o patente”) sería la presentación de alguna prueba que refleje la incompatibilidad absoluta de lo que figura en el actaarbitral con lo que puede observarse en la prueba presentada, cosa que no sucede”, reza la resolución.

Tras estudiar los argumentos y alegaciones del Atléticode Madrid, los miembros del Comitéde Apelación, “de manera unánime, entienden que no es posible apreciar un error material manifiesto capaz de desvirtuar la presunción de veracidad del actaarbitral, dado que las pruebas presentadas no evidencian la ocurrencia de otros hechos, incompatibles con aquellos reflejados en el acta arbitral”.

“No se observa, por tanto, una contradicción insalvable entre el relato del árbitro y los hechos, sino una descripción que recoge los elementos esenciales del incidente que motivó la expulsión. Por tanto, este Comitéde Apelación debe concluir, atendiendo al análisis de la documentación obrante, que no es posible modificar la valoración efectuada por el Comitéde Disciplina, todo ello sin perjuicio de otras posibles y respetables interpretaciones que en ningún caso supondrían que lo redactado en el acta sea inverosímil o manifiestamente imposible”, expresa el comunicado.

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