Elección judicial – ContraSentido

Categoría: Elección judicial

  • TEPJF batea de nuevo a candidatos que denunciaron “acordeones” en elección judicial

    TEPJF batea de nuevo a candidatos que denunciaron “acordeones” en elección judicial

    CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El bloque mayoritario de magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) bateó, una vez más, impugnaciones presentadas por candidatos a las elecciones judiciales del pasado 1º de junio, quienes denunciaron condiciones de inequidad debido a que sus rivales fueron promovidos en los llamados “acordeones”. 

    Los tres magistrados del bloque mayoritario, encabezado por la presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, resaltaron en unos casos que los denunciantes no aportaron pruebas suficientes para anular los resultados de la elección, y se negaron a dar vista al Instituto Nacional Electoral (INE) para que realice una investigación sobre los “acordeones”. 

    La Sala Superior del TEPJF se dividió en torno a seis casos derivados de la elección judicial, en los cuales el bloque mayoritario pudo imponer sus decisiones y evitar así la anulación de algunas elecciones debido al reparto de “acordeones”; los dos magistrados disidentes consideraron por su parte que existían las condiciones para al menos solicitar una investigación al INE. 

    “No hay elementos para determinar, como se propone en algunos casos, la nulidad de la elección”, refrendó Soto, quien aseveró que “este tribunal no es la autoridad investigadora y en este sentido no nos corresponde a nosotros ir a buscar los elementos que no fueron aportados.” 

    En el mismo tono, el magistrado Felipe Fuentes Barrera, quien forma parte del grupo de Soto, sostuvo que “el tema puede ser de un pronunciamiento mediático alto, pero nosotros nos tenemos que ceñir a lo estrictamente jurídico”, y aseveró que, en su opinión, los temas partieron de una “supuesta distribución masiva de acordeones” pero no demostraron “la existencia de los hechos demostrados”. 

    La magistrada Janine Otálora Malassis, por su parte, consideró que resultaría difícil para un candidato investigar el origen de los acordeones y demostrar la incidencia que tuvieron en los resultados de la elección, por lo que planteó dar vista al INE para investigar “una posible inducción al voto y el consecuente posible rebase de gastos de campaña, para que el INE no esté analizando quejas de manera aislada, sino toda una temática en su contexto y en su totalidad”. 

    Sin sorpresa, esa opción fue desechada por el bloque de magistrados encabezado por Soto. “Hay muchos casos en los que las pruebas no traen ni meros indicios o algunos que ni siquiera por sí mismos generan convicción respecto a lo que se pretende probar, y ahí es cuando no estaríamos ni dando vista al INE ni nada, son indicios que realmente no son ni siquiera mínimos para generar una investigación que vaya más allá, porque no nos están aportando ninguna prueba”, dijo la presidenta. 

     

  • Tribunal Electoral rescata a otros 12 candidatos al Poder Judicial que el INE declaró inelegibles

    Tribunal Electoral rescata a otros 12 candidatos al Poder Judicial que el INE declaró inelegibles

    CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rescató hoy a otros 12 candidatos de la elección judicial del pasado 1º de junio a los que el Instituto Nacional Electoral (INE) había declarado inelegibles después de determinar que no se habían titulado con un promedio de 9 en las materias afines a su especialidad.

    A raíz de esta decisión, el TEPJF ordenó al INE entregar a estos 12 candidatos sus constancias de mayoría.

    Después de las elecciones judiciales, el Consejo General del INE había declarado inelegibles a 45 candidatos electos y dejado vacantes los cargos por los que compitieron.

    Al igual que durante la sesión de la semana pasada, en la que la Sala Superior rescató a 15 candidatos declarados inelegibles por el INE, los magistrados se dividieron en torno al caso de los promedios: el bloque mayoritario, encabezado por la presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, determinó que el INE había sobrepasado sus atribuciones al revisar que los candidatos cumplieron con el requisito del promedio de 9, mientras que los dos magistrados minoritarios consideraron que el organismo autónomo tenía estas facultades.

    Según Soto y los dos magistrados afines –Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña–, el cálculo del promedio de 9 recaía en los comités de selección, integrados por los tres poderes de la Unión para designar a los aspirantes que podían competir en las elecciones judiciales.

    “Es importante aclarar que en los presentes asuntos no se está analizando si las personas que fueron declaradas inelegibles obtuvieron o no un promedio de 9 en las materias de especialidad del cargo al que aspiraron; sino que la controversia se limita a definir si el INE incurrió en un exceso de atribuciones al sustituir de manera unilateral la determinación de un órgano técnico facultado constitucionalmente para evaluar la idoneidad de las personas aspirantes a ser candidatas a los cargos judiciales”, resaltó Soto.

    El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón estimó por su parte que el INE tenía la facultad de revisar el cumplimiento del promedio, para lo cual podía elaborar una metodología propia.

    La magistrada Janine Otálora Malassis, por su parte, coincidió en que el INE podía verificar el cumplimiento, pero apegándose a las metodologías aplicadas por los comités de selección, por lo que proponía devolver los expedientes al organismo autónomo para que realizara de nuevo el proceso de evaluación.