Senado analizará reforma antilavado: dará superpoderes a la UIF contra delincuencia organizada; bancos deberán monitorear información de políticos

Javier Corral, presidente de la Comisión de Justicia del Senado, dijo que buscará aprobar esta iniciativa en el pleno antes de que concluya el periodo de sesiones a finales de este mes

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El Senado alista sendas modificaciones a la leyantilavado para dar mayores facultades a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a fin de que ponga la lupa en el financiamiento al terrorismo y redesdel narcotráfico.

Incluso, la reforma busca algo que no prosperó durante la creación de esta ley en 2011 durante el sexenio de FelipeCalderón: ordenar que los partidos políticos y sindicatos entreguen a la UIF avisos en caso de sospecha de actividades de blanqueo de dinero.

El presidente de la Comisión de Justicia del Senado, JavierCorral, circuló a los senadores el proyecto de dictamen de una iniciativa que presentó en octubre del 2024 para actualizar la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, a fin de cumplir con recomendaciones emitidas por el Grupo de Acción Financiera (GAFI).

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En enero se llevó a cabo un parlamento abierto sobre este tema. Corral Jurado dijo que Morena busca que esta reforma sea aprobada en la comisión y el pleno del Senado antes de que concluya el periodo de sesiones a finales de este mes.

El proyecto de dictamen, cuya copia obtuvo Latinus, introduce cambios significativos en la responsabilidadpenal y el papel de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) en la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.

Para efectos de una investigación, se le reconoce como víctima en los delitos de lavado de dinero en los que se utilicen servicios de instituciones del sistema financiero, lo que asegura su participación activa en las investigaciones y procesos penales.

Debido al choque que se ha acusado desde hace varios años entre la UIF y la Fiscalía General de la República (FGR), la reforma obliga a la fiscalía a dar aviso a la UIF  cuando detecte un delito de lavado de dinero, para recabar la denuncia y ejercer acción penal, a fin de identificar redes criminales, recuperar activos y evitar la impunidad.

Se elimina la obligación del Ministerio Público de demostrar dolo específico para sancionar la presentación de información falsa, alterada o ilegible por parte de sujetos obligados de presentar avisos de actividades sospechosas, así como la modificación de información o documentos destinados a ser incorporados en los avisos.

Debido a que la ley ya contempla diversas actividades como vulnerables para la comisión del delito de lavado de dinero, la reforma refuerza algunas y crea otras.

Por ejemplo, además de las instituciones financieras, mandata a que exista un verdadero reconocimiento de los clientes a través de su documentación, y el mantenimiento de registros en casinos, agentes inmobiliarios, comerciantes de metales y piedras preciosas; administradores  del dinero, valores u otros activos; así como en la creación, operación o administración de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas, y compra y venta de entidades comerciales.

Asimismo, las empresas mercantiles deberán identificar y registrar a la persona o grupo de personas que tengan el control sobre ellas, y registrar cualquier cambio en la tenencia.

Incorporan a partidos y sindicatos

Con una adición al artículo 51 de la ley, la propuesta plantea que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, local, municipal y de las demarcaciones de la Ciudad de México, así como los organismos constitucionales autónomos y empresas públicas del Estado proporcionarán a la Secretaría de Hacienda, la información, datos, imágenes y documentación a la que tengan acceso y que les sea requerida en el ejercicio de sus atribuciones.

El INE será el encargado de proporcionar la información que se requiera de los partidos políticos nacionales y locales, agrupaciones políticas nacionales, coaliciones, precandidaturas, candidaturas independientes y de partido.

A su vez, las secretarías del Trabajo y Previsión Social, federal y locales, serán las encargadas de proporcionar la información de los sindicatos y sus dirigentes.

En tanto, Pemex, será la responsable de proporcionar a Hacienda la información que tenga conforme a sus facultades y le sea requerida por la Secretaría de Hacienda en el ejercicio de sus atribuciones.

Personas Políticamente Expuestas

Se incorpora en la ley la definición de Persona Políticamente Expuesta (PEP) para obligar a las instituciones financieras a identificar y monitorear las operaciones con estos clientes.

Se incluye un Manual de Políticas Internas para supervisar transacciones con PEP y sistemas automatizados para su seguimiento.

Además, se facilita el acceso a información oficial para crear un listado de PEP que mejore la capacidad institucional para cumplir con sus obligaciones de debida diligencia.

Se define que una Persona Políticamente Expuesta es aquella que desempeña o ha desempeñado funcionespúblicas (político) en territorio nacional o en un país extranjero, así como a las personas relacionadas con ellas.

Se establece que la Secretaría de Hacienda elaborará y mantendrá actualizado un listado nominativo de cargos de personas servidoras públicas que serán consideradas políticamente expuestas.

En tanto, los poderes Legislativo y Judicial, los órganos autónomos, las dependencias federales, y sus homólogos de las entidades federativas, además de los municipios y demarcaciones de la Ciudad de México, la Fiscalía General de la República y las fiscalías o procuradurías locales, los las empresas productivas del Estado, así como cualquier otro organismo sobre el que tenga control cualquiera de los poderes y órganos públicos citados remitirán a la Secretaría de Hacienda su listado específico de Personas Políticamente Expuestas con los datos de identificación que establezca el formato emitido por la Secretaría.

El documento menciona que si las instituciones financieras, después de haber llevado a cabo la identificación y verificación de identidad de un cliente, no pueden determinar si es persona políticamente expuesta, podrán consultar a la Secretaría de Hacienda.

De las 19 reformas constitucionales aprobadas hasta ahora por Morena, incluida la reforma judicial, en ningún caso permitió foros de consulta.

De septiembre a la fecha, la mayoría oficialista sólo ha permitido un parlamento abierto por la iniciativa que presentó el 31 de octubre del 2024 el senador morenista Javier Corral para reformar la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, y se reforman los artículos 11 bis y 400 bis del Código Penal Federal

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