TEPJF valida candidatura de aspirante a magistrado señalado de pertenecer a la Luz del Mundo

En la sesión de este miércoles, los cuatro magistrados del Tribunal determinaron que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del INE sí realizó un análisis válido al resolver desechar la denuncia

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó la candidatura de Job Daniel Wong Ibarra, candidato a magistrado en Jalisco, a quien se le atribuye la calidad de ministro de culto en la llamada Iglesia de La Luz del Mundo.

Sin debate ni discusión en este asunto en la sesión de este miércoles, la candidatura fue validada por el voto de los magistrados Mónica Soto, Felipe de la Mata Pizaña, Alfredo Fuentes y Reyes Rodríguez Mondragón. La magistrada Janine Otálora presentó un voto razonado en este tema. 

La principal razón por la que los magistrados del TEPJF resolvieron que era improcedente la impugnación presentada por Sochil Arell Martín, Alfredo Sharim y Ariel Huzmán Cornejo, radicó que en que la supuesta inelegibilidad del candidato por supuesta condición de ministro de culto, no constituye una infracción susceptible de ser analizada a través del procedimiento especial sancionador.

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El 26 marzo, Miguel Alfonso Meza, director del colectivo Defensorxs, y un grupo de víctimas de Naasón Joaquín, líder la organización religiosa La Luz del Mundo, pidieron al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anular al menos cuatro candidaturas a juzgadores de personas ligadas a dicha congregación religiosa, entre ellos Daniel Ibarra Wong, candidato a magistrado en materia laboral en el Tercer Circuito de Jalisco. 

Argumentaron que se encuentra impedido para desempeñar el cargo, porque es ministro de culto en La Luz del Mundo y participó en un congreso internacional en el que dictó una charla sobre “estrategias de evangelización”.

En la sesión de este miércoles, los cuatro magistrados del TEPJF determinaron que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del INE sí realizó un análisis válido al resolver desechar la denuncia.