Buscan en el TEPJF revertir carpetazo a denuncia contra Cuauhtémoc Blanco por violencia política

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón presentó este sábado un proyecto donde planteó que el plazo de un año para la indagatoria puede ampliarse o suspenderse, cuando la dilación del procedimiento obedezca a cuestiones de hecho o de derecho

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El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón propuso que la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no dé carpetazo y emita una sentencia por la denuncia que presentó en 2023 la hoy senadora Juanita Guerra Mena (PVEM), en contra del exgobernador y actual diputado federal de Morena, Cuauhtémoc Blanco, por violencia política en razón de género. 

El 14 junio del 2023, la entonces diputada federal de Morena, Juanita Guerra Mena, acusó a Cuauhtémoc Blanco, así como al entonces alcalde de Cuautla, Rodrigo Arredondo López, y otros funcionarios públicos, de misógina y violencia en su contra en el marco de la conmemoración del CCXI Aniversario de la Gesta Heroica “Rompimiento del sitio de Cuautla, Morelos”.

La legisladora acusó que le impidieron participar en las reuniones de organización del desfile cívico conmemorativo del día 2 de mayo, e  instalar un templete para 200 personas.

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El pasado 8 de abril, la Sala Especializada declaró la caducidad de su facultad sancionadora, ya que la etapa de instrucción de la denuncia se alargó injustificadamente por un período de un año y 9 meses, situación que le imposibilita dictar una resolución.

El magistrado de la Sala Superior del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón, presentó este sábado un proyecto donde planteó que el plazo de un año para la indagatoria puede ampliarse o suspenderse, cuando la dilación del procedimiento obedezca a cuestiones de hecho o de derecho; en este caso, cuando la autoridad administrativa no haya estado en posibilidad de ejercer su facultad sancionadora.

Consideró que le asiste la razón a la hoy senadora Juanita Guerra, cuando señala que el plazo de un año para que se actualizara la caducidad de la facultad sancionadora debió computarse a partir de que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE) recibió el expediente de parte del Tribunal local de Morelos, el 25 de febrero de 2025, sin tomar en cuenta el lapso en el que otras autoridades hayan estado a cargo de la sustanciación y resolución, sin tener atribuciones para ello.

“En consecuencia, se revoca la sentencia impugnada y se ordena a la Sala Especializada que, a la brevedad, dicte la sentencia que en Derecho corresponda, dado que el Proyecto Especial Sancionador ya se encuentra sustanciado”, sugirió el magistrado Rodríguez al resto de sus compañeros de la Sala Superior. El proyecto será analizado en los próximos días en el pleno.

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